viernes, 27 de marzo de 2009

RAMAS DEL PODER PUBLICO


Barranquilla es administrada por el Alcalde Mayor, elegido por 4 años, quien representa a la rama ejecutiva, se pronuncia mediante decretos y se desempeña como representante legal, judicial y extrajudicial del distrito. A partir del 1 de enero de 2008 ejerce por voto popular en el cargo Alejandro Char.
También tienen participación los alcaldes locales, nombrados por el Alcalde Mayor de ternas presentadas por las correspondientes Juntas Administradoras Locales, en Asambleas Públicas convocadas por el burgomaestre. Los alcaldes locales tienen como función coordinar la acción administrativa del gobierno distrital en cada localidad junto con los ediles elegidos por votación popular, que integran las Juntas Administradoras Locales de las localidades en que está dividida la ciudad.

En menor proporción tienen incidencia en el manejo de la ciudad el Gobernador del Atlántico, cargo que ejerce por voto popular Eduardo Verano de la Rosa desde el 1 de enero de 2008, y la Asamblea Departamental, la cual emite ordenanzas y representa la rama legislativa del Departamento. La Gobernación tiene a su cargo asuntos como la Universidad del Atlántico, la expedición de pasaportes, el manejo ambiental, entre otros.

Administrativamente, la Alcaldía de Barranquilla está conformada por la administración central (entidades que dependen directamente del Alcalde) y las entidades descentralizadas. El Decreto 868 del 23 de diciembre de 2008 determinó la estructura organizacional de la Administración Central así: Despacho del Alcalde, Sistema de Coordinación y Dirección de la Administración Distrital, Secretarías de Despacho(12), Oficinas y Gerencias. Las entidades descentralizadas(6) son empresas de economía mixta y departamentos técnicos administrativos que tienen a su cargo asesorar al alcalde, el control de aspectos urbanísticos y administrativos, y el desarrollo de distintos proyectos urbanos. Los órganos de control y vigilancia externos de la Administración Distrital por mandato legal son la Contraloría Distrital y la Personería Distrital.

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